Seguridad

Un hombre fue condenado a 29 años de prisión por violar a su hija

28/12/2023 EFE -

Los hechos ocurrieron al interior del domicilio de la víctima y fueron denunciados por su madre en febrero de 2021

Los hechos ocurrieron al interior del domicilio de la víctima y fueron denunciados por su madre en febrero de 2021 / Foto: Pixabay Los hechos ocurrieron al interior del domicilio de la víctima y fueron denunciados por su madre en febrero de 2021 / Foto: Pixabay

Los hechos ocurrieron al interior del domicilio de la víctima y fueron denunciados por su madre en febrero de 2021 / Foto: Pixabay

La Fiscalía de Ecuador informó este miércoles que logró la condena a veintinueve años de prisión para Walter Guillermo M. Y. por la violación de su hija, cuando ella tenía 12 años.

Los hechos ocurrieron al interior del domicilio de la víctima y fueron denunciados por su madre en febrero de 2021, en el cantón La Libertad, provincia de Santa Elena, en el suroeste del país.

En la audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Multicompetente de este cantón, el fiscal del caso presentó como pruebas el testimonio de once personas (peritos médicos, trabajadora social, denunciante, agentes investigadores) y el testimonio anticipado de la agraviada, en el que identificó plenamente a su agresor.

Además, expuso el parte e informe de investigación, la denuncia presentada, la valoración psicológica y de entorno social, los informes médico-legal y ginecológico, y el de reconocimiento del lugar de los hechos.

Los magistrados del Tribunal Penal acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía y dictaron sentencia condenatoria -en el grado de autor- para Walter Guillermo M. Y., imponiéndole una pena privativa de libertad de 29 años, además del pago de una multa de 800 salarios básicos unificados (360.000 dólares) y de 10.000 dólares como reparación integral a la víctima.

La Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), delito sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. También se consideraron las agravantes del artículo 48, numerales 5 y 9, del mismo cuerpo legal, lo que incrementó la pena en un tercio. 

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