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Noboa derogó decretos de Lasso sobre indultos
Los decretos derogados son los 264, 265, 355, 816 y 919
Entre los delitos susceptibles de indultos presidenciales estaban algunas infracciones menores de tránsito / Foto: EFE
Quito- El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, derogó este miércoles una serie de cinco decretos que había emitido su predecesor, Guillermo Lasso (2021-2023), para reducir el hacinamiento de las cárceles ecuatorianas a través de indultos presidenciales a reclusos que cumplieran con los requisitos contemplados en esas normas.
A través del Decreto 511, el mandatario ecuatoriano criticó que los expedientes de las solicitudes de indulto presidencial enmarcadas dentro de estos cinco decretos fuesen evaluadas por el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI), la institución del Estado encargada del control y administración de las cárceles ecuatorianas.
El gobernante señaló que "el indulto presidencial es una facultad discrecional y privativa del presidente de la República", por lo que "ninguna autoridad puede conceder indultos presidenciales, sin cumplir con los requisitos exigidos en la Constitución de la República del Ecuador y la ley".
Noboa aclaró que su decreto derogatorio no tendrá efectos retroactivos, de modo que no afectará a los presos que cumplieron los requisitos de los decretos ejecutivos hasta la fecha de la expedición de este.
"Para el caso de futuros indultos presidenciales, el presidente de la República dará un tratamiento individualizado a cada caso, conforme la Constitución y disposiciones previstas en la normativa vigente", determinó el jefe de Estado.
Los decretos derogados son los 264, 265, 355, 816 y 919, expedidos por Lasso entre los años 2021 y 2023 en virtud de recomendaciones de organismos internacionales que aconsejaban establecer políticas para reducir el hacinamiento que se registraba en el sistema carcelario de Ecuador.
Estos documentos permitían al presidente indultar a reclusos que hubiesen sido condenados por delitos menores y no tuviesen otros procesos o investigaciones en su contra, así como reclusos con enfermedades graves o terminales.
Entre los delitos susceptibles de indultos presidenciales estaban algunas infracciones menores de tránsito, así como también los reos condenados por robo, hurto, estafa y abuso de confianza que hubiesen cumplido al menos el 40 % de la pena.
También podían solicitar el indulto presidencial a través de estos decretos los reclusos que tuviesen enfermedades catastróficas o terminales, como tuberculosis multidrogorresistente o que tuviesen al mismo tiempo tuberculosis y el VIH, además de pacientes con malformaciones congénitas en el corazón, cáncer, tumor cerebral, insuficiencia renal crónica, entre otras patologías.
Entre las condiciones planteadas para acceder a este beneficio figuraba no tener otras condenas ni medidas cautelares, no tener otros procesos penales o investigaciones previas, no haber sido sancionados desde su ingreso a prisión y no haber cometido ningún delito imprescriptible.
En el momento de la emisión de estos decretos, el sistema carcelario de Ecuador enfrentaba una crisis de violencia en sus prisiones, donde fueron asesinados más de 500 presos entre 2021 y 2023, la mayoría en una serie de masacres entre bandas criminales rivales. EFE
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