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Las acciones extraordinarias de protección desbordan a los jueces

22/04/2019 Expreso - Rosa Torres

La Corte Constitucional, posesionada el 5 de febrero pasado, está integrada por nueve jueces que fueron elegidos mediante un concurso público.

Hernán Salgado, Presidente de la Corte Constitucional desde febrero de este año. Foto: Expreso Hernán Salgado, Presidente de la Corte Constitucional desde febrero de este año. Foto: Expreso

Hernán Salgado, Presidente de la Corte Constitucional desde febrero de este año. Foto: Expreso

Sin escoltas y en un vehículo sencillo se transporta el presidente de la Corte Constitucional. Hernán Salgado lo prefiere ante el Nissan Murano que utilizó su antecesor, que sigue en el taller por una reparación por 28.000 dólares que la Corte no tiene cómo pagar. Él prefiere la austeridad y dedicar sus esfuerzos a despachar las miles de causas represadas.

- La Corte Constitucional tiene 74 días en funciones. ¿Cómo les va con las causas rezagadas?

- Estamos trabajando con mucho entusiasmo y optimismo. Hemos ido resolviendo y tenemos un alto número de causas despachadas. Vamos a autoevaluarnos con motivo de los tres meses que se cumplirán el 5 de mayo, y mostraremos las cifras a la opinión pública para que vean lo que hemos avanzado. Un alto número son acciones extraordinarias de protección, que fue un recurso del que se abusó.

- Se habló de 14.000 causas represadas. ¿Cuántas hay?

- Más o menos hemos establecido que recibimos entre 12.000 y 13.000 causas represadas porque hay otras que llegaron durante esos cuarenta y tantos días de vacancia, cuando no hubo Corte, y después llegaron más y eso todavía no lo hemos contabilizado.

- ¿Qué tanto se abusó de las acciones extraordinarias de protección?

- Se pensó que había que acudir a una cuarta instancia y que la acción extraordinaria de protección era esa cuarta instancia y no es así. Se trata de una acción muy especial que solo se aplica cuando ha habido violación de derechos o del debido proceso. La mayoría de los abogados se acostumbró a simplemente poner generalidades en las demandas sin precisar qué derecho se ha violado y sin anexar pruebas.

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