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La votación en caso María Fernanda Espinosa puede ser reconsiderada
El procedimiento está contemplado en la Ley Orgánica de la Función Legislativa y constituye una especie de blindaje para las decisiones que se toman en el Pleno.
Lenín Plaza (AP) y Fernando Callejas (Creo) dialogan en el Pleno de la Asamblea durante la sesión de este jueves 6 de junio del 2019. Foto: El Comercio
El hecho de que el presidente de la Asamblea, César Litardo (AP), suspendiera la sesión 597 del Pleno, antes de que se agotaran todos los puntos del orden del día, dejó la puerta abierta para que la votación del caso de la excanciller María Fernanda Espinosa pueda ser reconsiderada.
El procedimiento está contemplado en la Ley Orgánica de la Función Legislativa y constituye una especie de blindaje para las decisiones que se toman en el Pleno.
La práctica es muy común. Pero en el caso de Espinosa, ningún asambleísta hizo uso de ese mecanismo después de que se proclamaran los resultados, con los que no se dio paso a la censura en la jornada del miércoles 5 de junio del 2019.
El artículo 145 de esa norma estipula que “cualquier asambleísta podrá solicitar la reconsideración, sin argumentación, de lo resuelto por el Pleno (...), en la misma o en la siguiente sesión”.
Como eso tampoco se dio este jueves 6 de junio, durante la sesión 598, los asambleístas de Creo y el Partido Social Cristiano (PSC), que impulsaron el proceso contra la excanciller, ya están considerando esa opción.
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