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Economía

Gobierno aplicó impuesto a las casas de apuestas deportivas

01/07/2024 EFE -

Las operadoras afincadas en el país deberán declarar el impuesto en los periodos establecidos en la ley

El impuesto a la renta único grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores / Foto: Shutterstock El impuesto a la renta único grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores / Foto: Shutterstock

El impuesto a la renta único grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores / Foto: Shutterstock

Quito.- El Gobierno de Ecuador anunció este viernes la aplicación del impuesto a la renta único, con una tasa del 15 %, a las operadoras de pronósticos deportivos afincadas o no en el país.

El Servicio de Rentas Internas (SRI), la institución encargada de la recaudación tributaria del Estado, informó en un comunicado que desde el próximo lunes, 1 de julio, se implementará en Ecuador el impuesto a la renta único sobre los ingresos percibidos por los Operadores de Pronósticos Deportivos.

Esa disposición se basa en el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, que se encuentra en vigor desde el 20 de junio del año pasado, explicó el SRI.

La administración tributaria agregó que el impuesto a la renta único grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en el país.

"Los operadores pueden restar de dichos ingresos los premios pagados", pero sobre los cuales deben haber efectuado la respectiva retención en la fuente, añadió.

Asimismo, recalcó que "los premios de los jugadores también están gravados con el 15 % del impuesto a la renta, el cual será retenido y pagado al fisco por parte de los operadores de pronósticos deportivos".

El SRI indicó que el reglamento de este régimen tributario regulará los "mecanismos para declarar, liquidar y pagar este impuesto y establecerá las obligaciones tributarias que se deben cumplir.

La normativa considera que las operadoras afincadas en el país deberán declarar el impuesto en los periodos establecidos en la ley, y que en el caso de que esas empresas se encuentren en el exterior, éstas deberán nombrar un apoderado para efectuar los tramites tributarios. EFE

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