Economía

El SRI inicia controles tributarios a 'freelancers' que laboran para empresas extranjeras

19/03/2024 EFE -

Los contribuyentes 'freelancers' que prestan sus servicios de forma telemática deben cumplir con deberes tributarios

El SRI recordó que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) El SRI recordó que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)

El SRI recordó que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)

El Servicio de Rentas Internas (SRI), la administración de recaudación tributaria de Ecuador, anunció este martes que inició controles a los profesionales que prestan sus servicios de forma remota (virtual) a empresas extranjeras y que reciben un pago desde el exterior, más conocidos como 'freelancers'
 
Esto se configura como una "exportación de servicios, por lo que deben declarar y pagar sus impuestos en Ecuador", puntualizó en un comunicado . 
 
El SRI anotó que ha detectado que los ingresos que estos profesionales reciben desde el exterior no han sido considerados como parte de los ingresos gravables en las declaraciones de impuesto a la renta
 
Ante esta situación, el SRI recordó a la ciudadanía que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en un plazo no mayor a 30 días y cumplir con las obligaciones tributarias de conformidad a la legislación tributaria vigente. 
 
Los contribuyentes denominados 'freelancers' que prestan sus servicios de forma telemática (en línea) deben cumplir con deberes tributarios como: inscripción en el RUC con la actividad de "Prestación de servicios profesionales" y emisión de comprobantes de venta: facturación electrónica
 
Además, llevar los registros de ingresos y gastos relacionados con la actividad económica, realizar las declaraciones de impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto a la renta
 
En el caso del IVA, los ingresos deben ser declarados como "exportación de servicios". Para renta los ingresos deben ser declarados como "ingresos gravados en libre ejercicio profesional", detalló el SRI

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