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Economía

El correísmo intenta impedir que Patricio Carrillo sea asambleísta

21/09/2023 EFE -

Carrillo defendió su derecho a ser investido como asambleísta, pues recordó que su candidatura salió adelante pese a todas las impugnaciones que le presentaron

Carrillo defendió su derecho a ser investido como asambleísta, pues recordó que su candidatura salió adelante pese a todas las impugnaciones que le presentaron  / Foto: cortesía Carrillo defendió su derecho a ser investido como asambleísta, pues recordó que su candidatura salió adelante pese a todas las impugnaciones que le presentaron  / Foto: cortesía

Carrillo defendió su derecho a ser investido como asambleísta, pues recordó que su candidatura salió adelante pese a todas las impugnaciones que le presentaron / Foto: cortesía

El movimiento Revolución Ciudadana, que lidera el expresidente Rafael Correa (2007-2017), presentó este miércoles una demanda de amparo para impedir que el electo asambleísta Patricio Carrillo, exministro del Interior del presidente Guillermo Lasso, asuma como legislador, al tener una inhabilitación impuesta por la anterior Asamblea Nacional (Parlamento) de Ecuador.

Un grupo de asambleístas electos por la Revolución Ciudadana cursó esta acción legal en el Complejo Judicial Norte con el objetivo de que no se le entreguen las credenciales de asambleísta a Carrillo, que se presentó por el movimiento Construye.

Frente a los juzgados, la asambleísta reelecta Jhajaira Urresta recordó que la anterior Asamblea Nacional, donde el correísmo era la fuerza más numerosa y lideraba la oposición contra Lasso, aprobó en febrero de este año un juicio político de censura que, además, inhabilitaba al exministro para ejercer cargos públicos por dos años.

Urresta señaló que, "el 24 de agosto, el Ministerio de Trabajo entregó de manera formal al señor Patricio Carrillo su inhabilitación para ser funcionario público, y aun así él sigue apelando porque desea ser asambleísta".

La legisladora recordó que Carrillo fue inhabilitado en un juicio político por, entre otras causas, la represión de la Policía Nacional contra las protestas lideradas del movimiento indígena acontecidas en junio de 2022 y por el femicidio de la abogada María Belén Bernal, asesinada dentro de un recinto policial por su marido, un policía entonces en actividad.

A su vez, la también asambleísta electa Gissela Garzón afirmó que "los legisladores son funcionarios públicos", por lo que consideró que "lo que debía (hacer Carrillo) es esperar a que pasen los dos años de censura y buscar una candidatura más adelante".

"No se puede burlar a la gente de esta manera y utilizar la ley así", dijo Garzón, quien señaló que la norma tiene "un vacío", ya que la inhabilitación no establece que no pueda ser candidato.

Mientras, en una rueda de prensa posterior, Carrillo defendió su derecho a ser investido como asambleísta, pues recordó que su candidatura salió adelante pese a todas las impugnaciones que le presentaron y luego fue electo en las urnas.

"Ahora estamos esperando la entrega de credenciales, y el acto lógico de la entrega de credenciales es la posesión en la Asamblea Nacional", señaló Carrillo.

Por su lado, el abogado de Carrillo, Ramiro García, argumentó que la Asamblea Nacional carece de legitimidad para inhabilitar a una persona a ejercer un cargo de elección popular, al apelar a las disposiciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).

García citó el caso del actual presidente de Colombia, Gustavo Petro, para quien "el sistema de derechos humanos fue muy claro al establecer que un órgano no jurisdiccional no le inhabilitada en el ejercicio de sus derechos políticos y que sólo podría inhabilitarlo una decisión jurisdiccional".

El letrado apuntó que, "en el caso del general (de Policía) Carrillo, se le impone una sanción de destitución por parte de la Asamblea Nacional, en un juicio político que, aunque se le llame juicio, no es un proceso jurisdiccional, y no transforma de ninguna manera a la Asamblea en un órgano jurisdiccional".

"Al no ser un órgano jurisdiccional quien emite la sanción, no puede devenir de esta sanción un impedimento para el ejercicio de un cargo de elección popular. El sistema interamericano hace una clara diferenciación entre cargo público y cargo de elección popular", sostuvo el abogado. 

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