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Economía

Corte Interamericana condena a Ecuador por despido arbitrario de un policía

19/12/2022 EFE - EFE

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, notificó este viernes la sentencia a las partes

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, notificó este viernes la sentencia a las partes / Foto: cortesía CorteIDH El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, notificó este viernes la sentencia a las partes / Foto: cortesía CorteIDH

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, notificó este viernes la sentencia a las partes / Foto: cortesía CorteIDH

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado de Ecuador por el despido arbitrario del policía Víctor Henry Mina Cuero, ocurrido en 2000 en el marco de un proceso disciplinario que se caracterizó por una serie de irregularidades.

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, notificó este viernes la sentencia a las partes por medio de un acto transmitido por internet, que contó con la presencia de representantes de la víctima y del Estado ecuatoriano.

Pérez dijo que el Estado es responsable por la violación al derecho a las garantías judiciales, a los derechos políticos, al de protección judicial y al del trabajo, en perjuicio de Mina Cuero.

La CorteIDH determinó que "el procedimiento mediante el cual se impuso la sanción de destitución al señor Mina Cuero fue violatorio de los derechos a la comunicación previa y detallada de la acusación, al tiempo y los medios adecuados para la preparación de la defensa, a una resolución motivada y a la presunción de inocencia".

Asimismo, los jueces confirmaron que hubo "violación al derecho a recurrir el fallo, a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad y a la tutela judicial efectiva, producto de la destitución arbitraria de la víctima, lo que llevó a la vulneración a su estabilidad laboral, como parte del derecho al trabajo del cual era titular".

La CorteIDH señaló que la resolución del Tribunal de Disciplina que destituyó a Mina, "no contiene una motivación suficiente que permita identificar cómo habrían sido acreditadas las infracciones" y que "no se desarrollaron argumentos que hicieran posible encuadrar los hechos imputados dentro de cada uno de los supuestos de los enunciados normativos aplicados"

"La Corte observa, a su vez, una vulneración al derecho a la presunción de inocencia, pues la falta de especificación relativa a qué sanciones previas se consideraron y aplicaron como circunstancias agravantes y la imposición de la sanción más grave posible, muestra un prejuzgamiento por parte del Tribunal de Disciplina", indica el fallo de la CorteIDH.

Mina Cuero trabajó en la Policía Nacional de Ecuador desde el 1 de abril de 1993 y hasta el 25 de octubre de 2000, fecha en que fue dado de baja por el Tribunal de Disciplina en el marco de un proceso por una denuncia de violencia doméstica presentada por su expareja.

La Corte Interamericana dio por comprobadas una serie de irregularidades en el proceso disciplinario que derivaron en la destitución arbitraria de Mina Cuero.

En el fallo, la CorteIDH ordenó al Estado ecuatoriano al pago de una indemnización a la víctima de 30.000 dólares a raíz de la inviabilidad de reincorporar a la víctima al cargo que venía ejerciendo, así como 75.000 dólares por daño material y de 15.000 dólares por daño inmaterial. 

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