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Corte Constitucional de Ecuador suspende requisitos a entrada de venezolanos
En una resolución, la Corte Constitucional resolvió admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad y “aceptar la solicitud de suspensión provisional de las normas impugnadas”.
La Corte Constitucional de Ecuador, el máximo organismo de control legal del país, suspendió hoy la aplicación de una serie de requisitos que el Gobierno ecuatoriano había ordenado el año pasado para regular el ingreso de ciudadanos venezolanos en el territorio nacional.
La Corte acogió a trámite una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo y aceptó su solicitud de suspender de forma provisional varios acuerdos ministeriales que exigían requisitos adicionales para aceptar la entrada de migrantes venezolanos, como pasaportes actualizados y un registro de antecedentes penales, entre otros.
En una resolución, la Corte Constitucional resolvió admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad y “aceptar la solicitud de suspensión provisional de las normas impugnadas”.
Los demandantes solicitaron que se suspendan de forma provisional las medidas migratorias, “mientras se resuelve la presente acción pública de inconstitucionalidad”, precisa el escrito de la Corte Constitucional.
Además, la Corte corrió traslado del fallo a la ministra del Interior, María Paula Romo, al canciller José Valencia y al procurador del Estado, Iñigo Salvador, “para que den cumplimiento inmediato con lo dispuesto”.
Esas autoridades tendrán un plazo de quince días para impugnar eventualmente la decisión de la Corte Constitucional.
El Gobierno ecuatoriano dispuso que los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar en el territorio nacional debían presentar pasaportes actualizados y un certificado de antecedentes penales “de los últimos cinco años, debidamente apostillado o legalizado”.
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