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Política
Corte Constitucional anuló 2 decretos del presidente Noboa
Los decretos 500 y 505 fueron declarados inconstitucionales
Noboa se ha mantenido en el cargo y solo se ha ausentado en días específicos donde ha realizado actividades de campaña / Foto: EFE
Quito- La Corte Constitucional de Ecuador anuló este lunes los decretos emitidos por el presidente, Daniel Noboa, donde nombraba a una "vicepresidenta encargada" y le delegaba a ella la Presidencia en los días que él realizaba campaña electoral, en lugar de dejar el cargo en manos de la vicepresidenta Verónica Abad, con quien está enfrentado.
Con ocho votos a favor de un total de nueve jueces que componen el tribunal, los decretos 500 y 505 fueron declarados inconstitucionales al considerar fundada la demanda presentada por Abad, quien reclama ser la única autoridad que puede asumir temporalmente la Presidencia mientras Noboa hace campaña para buscar su reelección.
La decisión de la Corte Constitucional llegó después de que Noboa emitiera otros tres decretos similares posteriormente, en los que, por periodos de hasta cuatro días consecutivos, delegaba la jefatura del Estado en la secretaria de Administración Pública y Gabinete de Presidencia, Cynthia Gellibert, a quien él mismo nombró por decreto como "vicepresidenta encargada".
En su sentencia, el máximo tribunal de interpretación de la Constitución ecuatoriana determinó que los decretos de Noboa "inciden directamente en las reglas constitucionales de reemplazo del cargo de presidente ante su ausencia temporal y tienen una repercusión nacional".
La normativa electoral obliga a las autoridades que se presentan a la reelección inmediata a tomar una licencia del cargo durante todo el periodo de campaña electoral y, en el caso del presidente, la Constitución señala que es el vicepresidente o vicepresidenta quien debe asumir los poderes presidenciales en caso de ausencia del jefe de Estado.
Polémica interpretación
Sin embargo, Noboa se ha mantenido en el cargo y únicamente se ha ausentado de la Presidencia en días específicos donde ha realizado actividades de campaña, en los que a través de sus decretos argumentaba que podía delegar la jefatura del Estado en cualquiera que ejerciera la Vicepresidencia y no necesariamente en la persona que había sido elegida por votación popular en la misma papeleta electoral que él para ejercer ese rol.
La Corte Constitucional desechó los argumentos del presidente y reconoció que la naturaleza 'sui generis' de los decretos, según destacó el tribunal en un comunicado que resume su fallo.
"Por la naturaleza y alcance de las competencias que ostenta el mandatario de Ecuador, el ejercicio del cargo, per se, no puede ser sometido a un encargo, delegación, subrogación o entrega por fuera de las disposición previstas en la Constitución", determinó el tribunal.
"El cargo de presidente sólo puede ser ejercido por quien se encuentra en la Presidencia, mientras está en funciones, o por quien la Constitución determina que es su reemplazo, en caso de ausencia temporal o definitiva", reiteraron los magistrados, por lo que le corresponde a Abad ostentar temporalmente las funciones presidenciales de una campaña electoral que termina este jueves 6 de febrero.
Asimismo, sobre las acusaciones contra Noboa de haber vulnerado la normativa electoral, el Constitucional de Ecuador señaló que eso es competencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
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