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Economía
Conductores de Uber y otras aplicaciones ya no serán sancionados
El dictamen de la Corte Constitucional se conoció ayer
Quito- Se acabaron las sanciones para los conductores de vehículos que operan con aplicaciones de transporte de pasajeros (Uber, InDrive, Didi…) en Ecuador. El dictamen de la Corte Constitucional (CC) se conoció ayer, 12 de septiembre.
Teleamazonas señaló: “La sentencia 106-20-IN/24 de la CC declara la inconstitucionalidad condicionada del artículo 386, párrafo tercero, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El texto en cuestión refiere la sanción de $ 920 de multa, 10 puntos menos en la licencia de conducir y retención del vehículo por mínimo 7 días”.
Lo resuelto por la CC no significa que el servicio de transporte por aplicaciones se encuentre legalizado. Resalta que no está regulado y, por lo tanto, no debería ser sancionado.
La CC exhortó a la Asamblea Nacional a emitir las normas necesarias para que los vehículos que no cuentan con regulación puedan obtenerla, a través de una reforma al COIP y conforme a lo que determina la Constitución.
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